Marcas, Patentes, Derechos de Autor, ¿qué y cómo me protegen?

Por derecho intelectual se debe entender el conjunto de normas que regulan las facultades y beneficios que las leyes reconocen y establecen a favor de los autores y de sus causahabientes por la creación de obras artísticas, científicas, industriales y comerciales.

El derecho intelectual se divide en dos:

  1. Derechos de Propiedad Industrial; y
  2. Derechos de Autor

DERECHO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

    1. MARCASSe considera que una marca es un signo visible que distingue productos o servicios de otros de su misma especie o clase en el mercado.Una vez obteniendo el registro de marca, se goza de una protección de 10 años prorrogables de los productos o servicios amparados en todo el territorio mexicano.Existen cuatro tipos de marca:
      1. NOMINATIVAS: Se distinguen fonéticamente de las demás Ejemplo: “Transportes Rodríguez”
      2. INNOMINADAS: Se reconoce visualmente, pero no fonéticamente.
      3. MIXTAS: Combinación de palabras con elementos figurativos.
      4. TRIDIMENSIONALES: Protegen los envoltorios, empaques, envases, la forma o la presentación de los productos en sí mismos.

 

    1. AVISOS COMERCIALES aviso comercial son las frases u oraciones que sirven para anunciar al público productos, servicios, negocios comerciales e industriales, para distinguirlos de su especie. Una vez obteniendo el registro de aviso comercial, se tiene una protección de 10 años prorrogables de la frase u oración.Ejemplo:
      • “A que no puedes comer solo una”.
      • “JUST DO IT”

 

  1. PATENTES Una patente es la certificación que el Gobierno de nuestro país otorga, tanto a personas físicas como morales, la cual les permite explotar exclusivamente invenciones que consistan en nuevos productos o procesos durante un plazo improrrogable de 20 años contados a partir de la presentación de la solicitud correspondiente.REQUISITOS
    • NOVEDAD: Se considera que una invención es nueva cuando no está comprendida en el estado de la técnica
    • ACTIVIDAD INVENTIVA: Se considera que una invención implica actividad inventiva si aquélla no resulta del estado de la técnica de una manera evidente para un experto en la materia.
    • APLICACIÓN INDUSTRIAL: Se considera que una invención es susceptible de aplicación industrial cuando su objeto puede ser fabricado en cualquier tipo de industria, incluida la agrícola.

    BENEFICIOS DEL INVENTOR QUE OBTIENE UNA PATENTE

    • La seguridad que la protección de la patente le ofrece al inventor, motiva su creatividad, toda vez que tiene la garantía que su actividad inventiva estará protegida durante 20 años y será el único en explotarla.
    • Si la patente tiene buen éxito comercial o industrial, el inventor se beneficia con la o las licencias de explotación que decida otorgar a terceras personas, ya que sin la patente otorgada su actividad creativa sería poco remunerada y se expondría al plagio de sus ideas inventivas.
  2. MODELO DE UTILIDAD
    Un modelo de utilidad, es toda nueva forma, configuración o disposición de elementos, de algún artefacto, herramienta, instrumento, mecanismo u otro objeto o de alguna parte del mismo, que permita un mejor o diferente funcionamiento, utilización o fabricación del objeto que le incorpore o que le proporcione alguna utilidad, ventaja o efecto técnico que antes no tenía.DIFERENCIA ENTRE PATENTE Y MODELO DE UTILIDADPuede decirse que un modelo de utilidad protege una invención de menor rango inventivo que la patente, siendo la “novedad” exigida al modelo de carácter nacional mientras que en la patente se exige “novedad” mundial.Por otra parte, la patente se concede por un tiempo de veinte años desde la fecha de su solicitud y el modelo de utilidad por diez años. Ambas son improrrogables.
  3. DISEÑO INDUSTRIALEl diseño industrial comprende dos clases a saber:
    • DIBUJO INDUSTRIAL
    • MODELO INDUSTRIAL

    El dibujo Industrial es toda disposición de líneas y/o colores aplicables con un fin comercial a la ornamentación de un producto, empleándose cualquier medio manual, mecánico, químico o combinados.

    Ejemplo: Ropa CUSTO BARCELONA

    El modelo industrial es toda creación caracterizada por ser una nueva forma tridimensional. Ejemplo:

    El dibujo o modelo debe ser “nuevo” u “original”, es decir no debe tenerse conocimiento de que haya existido anteriormente un dibujo o modelo idéntico o similar. El plazo de protección es de 15 años (prorrogables).

DERECHOS DE AUTOR

Los derechos de autor es el conjunto de prerrogativas que las leyes reconocen y confieren a los creadores de obras intelectuales externadas mediante la escritura, imprenta, la palabra, música, pintura, grabado, fotocopiado, disco, televisión, y por cualquier otro medio de comunicación.

Los derechos de autor se pueden proteger a través de las siguientes maneras:

REGISTRO DE OBRAS:

  • Artísticas
  • Pictóricas
  • Literarias
  • Fonográficas
  • Videográficas
  • Cinematográficas
  • Compilación de Datos

RESERVA DE DERECHOS.

La reserva de derechos es la facultad de usar y explotar en forma exclusiva los nombres y títulos de:

  • Publicaciones periódicas; Ejemplo: El Norte, Reforma, El Universal, Record.
  • Difusiones periódicas; Ejemplo: Acción, Los protagonistas, Mujer, casos de la vida real.
  • Personajes humanos de caracterización, o ficticios o simbólicos; Chespirito, Capitán America, Mago Frank.
  • Personas dedicadas a actividades artísticas; Intocable, Panda, Bronco, etc.
  • Promociones publicitarias.
Comentarios (2)

2 Comentarios »

  1. Los derechos patrimoniales, se pueden cede?si es así, tendrán un formato para ello?

    Escrito por FILIBERTO — 6 de junio de 2019 @ 17:32 Responder

  2. ¡Buenas tarde!
    El caso es que una constructora hace una casa, la vende, y al público en general les gusto el modelo de laca, pero al haberla vendida ya no es propietario la constructora sino el comprador, así que la constructora le quiere tomar foto solo por fuera de la casa (fachada) para promocionar ese modelo, mi duda es: ¿Se tiene que hacer un contrato o una cesión de derechos de imagen (he leído y parece que este solo se hace cuando las fotografías son a personas)?
    De ser alguna de estas, tendría un formato para hacerlo, y a demás se tendría que inscribir ante el IMPI o INDAUTOR?
    Gracias de antemano.

    Escrito por Luis Hernández — 10 de septiembre de 2019 @ 12:19 Responder

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